Cuándo cobro ANSES: el cronograma de pagos del viernes 10 de febrero.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), actualizó el calendario de pagos previsto para el mes de febrero. Este viernes 10, el organismo que preside Fernanda Raverta continúa con los abonos a los jubilados y a los titulares de distintos planes sociales: a quiénes les corresponde cobrar hoy.

Este viernes, 10 de febrero, cobran aquellos jubilados y pensionados de ANSES con ingresos que sean inferiores a los 56.194 pesos y cuyo número de DNI termine en 2. Asimismo, le corresponde cobrar a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Prenatal y Maternidad, la Asignación Universal por Embarazo (AUE), y las Asignaciones de Pago Único.

ANSES: quiénes cobran este viernes 10 de febrero

  • Jubilaciones mínimas: DNI terminados en 2.
  • Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo: DNI que terminen en 2.
  • Asignación por Prenatal y Maternidad: DNI terminados en 2 y 3.
  • Asignación por Embarazo: DNI finalizados en 0.
  • Becas Progresar: DNI terminados en 0 y 1.
  • Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas: todas las terminaciones de DNI, del 8 de febrero al 9 de marzo.
  • Asignaciones Pago Único: todas las terminaciones de DNI, del 3 de febrero al 9 de marzo.

Cabe recordar que, este mes, los jubilados contarán con un bono extraordinario. El mismo funciona como un “refuerzo de ingresos previsional” que consiste en un monto de $10.000 para las haberes mínimos; mientras que para aquellos que superen el haber mínimo decrecerá hasta alcanzar un piso de $7000.

ANSES paga $17.000 a parejas

Según anunció el organismo, un grupo de beneficiarios podrán acceder a los $17.000. Los matrimonios con Ingreso del Grupo Familiar (IGF) hasta $316.731, podrán cobrar hasta $17.098.

Pueden acceder al beneficio será necesario presentar el certificado de matrimonio y el documento nacional de identidad del cónyuge ante alguna oficina de la ANSES. Asimismo, se deberá acreditarse divorcio con su respectiva sentencia o, en caso de que el cónyuge anterior hubiese muerto, adjuntar acta de defunción.

Fuente: La CIEN

Autor: Portal Corrientes

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